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La UCR y Juntos por el Cambio repudiaron la destitución de Pedicone

Tucumán ha sufrido con el proceso de destitución de Enrique Pedicone, uno de los ataques más virulentos contra un juez de la República. Bajo la apariencia de un debido proceso, se ha materializado la ejecución de un magistrado por el solo hecho de haber denunciado públicamente las inconductas funcionales del Vocal Leiva.
Las denuncias formuladas, acaso han puesto al poder político bajo niveles de tensión tan altos, que ha tenido como improvisada respuesta, una persecución política abrumadora y desproporcionada. El hombre que denunció y acreditó las gestiones impropias de un vocal de corte, y dirigidas para manipular graves causas penales seguidas en contra del Legislador Ricardo Bussi, paso de denunciante a denunciante, de victima a victimario.
El poder político cree haber logrado torcer la historia. Cree haber protegido al vocal que no supo dejar de ser puntero y lo peor de todo, es que considera que una culpabilidad arbitraria y declarada de arrebato permitirá convalidar las indecorosas gestiones judiciales acreditadas en grabaciones.
Quizás es el anuncio del inicio de la temporada de causas picando abajo. Causas con entidad para condicionar la actividad pública o privada. Causas para obligar a hacer o no hacer. Causas para callar. Causas para poner palabras en la boca de sus víctimas. Causas para votar o no votar.

Enrique Pedicone sufrio duramente el castigo por denunciar al poder. Fue sometido a un proceso legal destituyente, con final preanunciado y con flagrantes violaciones al debido proceso y con una notoria conculcación de la garantía de defensa en juicio.
Pedicone pidió en ejercicio de su defensa y el Jury negó y rechazó sistemáticamente los pedidos defensivos:
1) Rechazó el pedido que las audiencias fueran públicas, sobre todo las de producción de pruebas y rechazó las recusaciones de legisladores que habían adelantado opinión, configurando una integración violatoria de la Constitución Nacional.
2) El Jury propició la reducción innecesaria del plazo probatorio y facilitó el cercenamiento de la libertad probatoria: De 21 testimonios ofrecidos y solo tomaron 6, de los cuales solo declararon 5 porque Valladares presento certificado médico privado negando la posibilidad de que sea revisado por el cuerpo médico forense de la corte).
3) Rechazó el testimonio de grandes juristas como Binder, victimas emblemáticas como Roxana Tevés y Alberto Lebos y el de 10 empleados de la Cámara de Apelaciones donde se desempeñaba Pedicone.
4) Rechazó pedido de careo entre dos testigos (Dra. Blanco Secretaria de la Corte y Dr. Garmendia relator de Leiva)
5) De las muchas audiencias de revisión de prisiones preventivas grabadas y ofrecidas para acreditar el trato considerado a víctimas solo permitieron dos.
6) Desestimaron incorporar la grabación con los pedidos del Vocal Leiva.
7) Rechazaron el testimonio y la prueba documental (entrevista televisiva) de una víctima que denuncio públicamente que la fueron a buscar de la legislatura para solicitarle que hiciera denuncia de juicio político al Dr. Pedicone.
8) Convalidó la nulidad del procedimiento por desintegración del propio Tribunal por ausencia del Dr. Posse en dos audiencias y del Dr. Critto durante la producción de las pruebas.
9) La acusación no presento ni una sola prueba para acreditar los cargos. No citaron a declarar testigos, ni tampoco a ningún denunciante.

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