Gustavo Morales fue excluido del ejercicio de la abogacía por 5 años
El Tribunal de Ética y Disciplina del Colegio de Abogados de Tucumán aplicó al abogado Gustavo Morales la sanción de exclusión del ejercicio profesional por el término de cinco años y dispuso la cancelación y baja de su matrícula, la N° 3.924. La decisión consta en la Resolución N° 86/2026, firmada este lunes 21 por Carmen Fontán, presidenta del cuerpo; María Belén Ramayo Hernández, secretaria, y Juan Manuel López Márquez, vocal. Los integrantes Ernesto García Biagosch y Silvina Exler se habían excusado de intervenir.
La sanción se sustenta en la condena que Morales aceptó el 3 de julio de 2025, en un juicio abreviado pleno ante el juez Guillermo José Di Lella, del Colegio de Jueces de la Capital. En esa audiencia, asistido por los defensores Diego Piedrabuena y Carlos Garmendia, el abogado reconoció los hechos que le atribuyó la Unidad Fiscal de Delitos Complejos, a cargo de Mariana Rivadeneira, y recibió una pena de tres años de prisión de ejecución condicional, con inhabilitación absoluta para ocupar cargos públicos durante seis años. La sentencia quedó firme en el mismo acto, luego de que las partes renunciaran a recurrirla.
Los hechos reconocidos fueron cinco y quedaron encuadrados en concurso real. El primero fue desobediencia judicial, por la filtración al portal “Tucumán Despierta” del informe psicológico de una víctima menor de edad en una causa por abuso sexual contra un abogado, pese a la orden de confidencialidad dictada en marzo de 2022 por el juez de Impugnación Agustín Puppio. El segundo fue turbación de un acto legítimo de autoridad, por haberse ausentado en abril de 2023 del inicio de un juicio oral ante la Sala III de la Cámara Penal Conclusional, fijado con cuatro meses de anticipación.
El tercero fue instigación a cometer sedición, por videos difundidos en TikTok y YouTube desde la cuenta “@todalaverdadok” y mensajes enviados a un grupo de WhatsApp que, entre enero y febrero de 2024, incitaban a efectivos de la Policía de Tucumán al acuartelamiento. El cuarto fue desobediencia judicial reiterada, por declaraciones públicas contra el ministro Fiscal, Edmundo Jiménez, en diciembre de 2024, pese a la prohibición que le había impuesto el juez Gonzalo Ortega. El quinto fue falso testimonio reiterado en calidad de instigador, por haber inducido a Raúl Roberto Aniquín a declarar como testigo presencial en causas en las que Morales ejercía la representación legal. Según la sentencia, el análisis de celdas telefónicas del Equipo Científico de Investigaciones Fiscales ubicó a Aniquín en antenas de Yerba Buena en los mismos horarios en que afirmaba haber presenciado los hechos.


