Alberto Fernández facultó a la Secretaría de Energía a revisar la licitación petrolera costa afuera de Aranguren y Macri
Basado en un extenso fundamento que tiene al COVID 19 como justificación, este 24 de diciembre Alberto Fernández autorizó a la Secretaría de Energía a “revisar y otorgar o rechazar las solicitudes presentadas por las empresas titulares de los permisos de exploración, de extensión del plazo de la licitación Internacional Costa Afuera N° 1” proyectada por Juan José Aranguren durante el gobierno de Mauricio Macri”.
Mediante Decreto 870/2021 publicado este viernes 24 de diciembre en el Boletín Oficial de la Nación, el presidente de la Nación otorgó a la Secretaría de Energía “la potestad de revisar y otorgar o rechazar las solicitudes presentadas por las empresas titulares de los permisos de exploración, de extensión del plazo del primer período exploratorio de los permisos de exploración otorgados a través del Concurso Público Internacional Costa Afuera N° 1, convocado mediante la Resolución N° 65/18 de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA del ex-MINISTERIO DE HACIENDA, en el marco del Decreto N° 872/18”.
Se trata de la controversial licitación internacional costa afuera que otorgó concesiones sobre 18 áreas petroleras, entre ellas a empresas británicas presentes en las Islas Malvinas.
En octubre de 2018 el gobierno de Mauricio Macri puso a la venta los pliegos sobre 38 áreas hidrocarburíferas dentro de una superficie marítima de 200.800 Km2, que no solo permitió la participación de empresas asociadas a las que operan en Malvinas con licencia ilegal británica, sino que además quitó competencia a la Justicia Argentina y entregó el ejercicio de cualquier controversia a tribunales internacionales.
La oposición del momento, hoy oficialismo no solo rechazó en bloque desde el Congreso, sino que además denunció planteando su “inconstitucionalidad” y pidiendo “nulidad” del DECRETO N° 872/2018 y la RESOLUCIÓN de la Secretaria de Gobierno de Energía 65/2018; “en tanto convoca a concurso Público Internacional para la exploración y explotación petrolera con prórroga de jurisdicción a favor de tribunales extranjeros”.
Las voces más fuertes que se escucharon en 2018 y 2019 fueron las del Senador Nacional Marcelo Fuentes, de los Diputados Nacionales Darío Martínez y Daniel Filmus, del hoy ministro de Defensa Jorge Taiana, la ex embajadora ante el Reino Unido Alicia Castro, Daniel Filmus, del ex secretario de Malvinas, Guillermo Rossi, subdirector General de Malvinas, de Federico Bernal y Agustín Gerez del Observatorio OETEC, del General (R) Fabián Brown y Juan Francisco Numa Soto de la UNNE, y del intendente de Río Grande Gustavo Melella, entre otros.
En mayo de 2019, Gustavo Melella -hoy gobernador de Tierra del Fuego-, pidió a la Justicia Federal la “nulidad” del proceso licitatorio, manifestando que a través del concurso el Estado Nacional concedía: «entrega unilateral, gratuita e indiscriminadamente información geológica de la plataforma continental argentina», y habilitando a presentarse a «cualquier empresa extranjera (inclusive de nacionalidad británica y que operaron en Malvinas bajo el régimen kelper)» lo que representaba «una gravísima afrenta a la soberanía nacional».
En mayo de 2019, el hoy Secretario de Energía de la Nación Darío Martínez, en su rol de Diputado Nacional y presidente de la Comisión de Energía de la Cámara Baja; advertía al macrismo que el Frente de Todos no cedería “a esta nueva avanzada británica en Malvinas».
Y es que 5 de ellas quedaron en manos de la británica Tullow Oil y otras 7 en la noruega Equinor; ambas asociadas a las empresas que exploran la cuenca Malvinas con permiso ilegal de la colonia inglesa que usurpa el archipiélago argentino.
“En la Cuenca Malvinas Oeste, esto es, entre las islas y la Provincia de Tierra del Fuego y el sur de Santa Cruz. Como puede deducirse, una zona geopolíticamente trascendental y que hace a nuestros legítimos e imprescriptibles reclamos de soberanía (…) el OETEC encontró que Tullow Oil no solamente es de origen británico, sino que además operó para el ilegítimo gobierno kelper 7 licencias en 2007. Esto viola la legislación argentina y la Constitución Nacional”, describía ajustadamente Darío Martínez.
Días después, el senador nacional del FdT Marcelo Fuentes y el Director del Observatorio de la Energía Federico Bernal, hoy interventor del ENERGAS, reclamaban de la justicia una medida similar: “Se declare la inconstitucionalidad y nulidad de la RESOLUCIÓN de la Secretaria de Gobierno de Energía 276/2019 más toda otra norma que las complemente, reemplace y/o modifique-; en tanto adjudica diez (10) permisos de exploración y explotación hidrocarburífera sobre el sur del Mar Argentino a empresas vinculadas al régimen ilegitimo Kelper y que ilegalmente explotaron nuestros recursos en las Islas Malvinas. (…) en tanto resultan arbitrarias y manifiestamente ilegales; lesivas de derechos colectivos, del interés nacional, la soberanía nacional y particularmente violatorias de la cláusula Transitoria Primera de la Constitucional Nacional (CN) y Resolución de Naciones Unidas 2065/1965, la Ley N° 17.319, la Ley N° 26.659 y demás normativa hidrocarburífera concordante”.
La presentación efectuada como intendente por Gustavo Melella en mayo de 2019, espera resolución en la Corte Suprema de Justicia de la Nación. La del Senador Nacional MC Marcelo Fuentes y del Director del Observatorio de la Energía Federico Bernal, presentada en Comodoro Py, no prosperó.
A la fecha, solo se conoce que dos empresas comenzaron a realizar relevamiento sismográficos en las áreas concesionadas. Una frente a las costas de la isla grande de Tierra del Fuego y la otra en proximidades del sector atlántico bonaerense. En el primer caso altamente cuestionados por Greepeace por el daño acústico que provocan los disparos sónicos a la fauna marina, en especial a ballenas y delfines; y en el segundo que acumula lapidarios informes adversos en materia ambiental que dictaminan una probabilidad del 100% de derrame petrolero en un área de alta actividad pesquera y turística.
TEXTO DEL DECRETO
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Delégase en la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA la potestad de revisar y otorgar o rechazar las solicitudes presentadas por las empresas titulares de los permisos de exploración, de extensión del plazo del primer período exploratorio de los permisos de exploración otorgados a través del Concurso Público Internacional Costa Afuera N° 1, convocado mediante la Resolución N° 65/18 de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA del ex-MINISTERIO DE HACIENDA, en el marco del Decreto N° 872/18; y de extensión del plazo del primer período exploratorio del permiso de exploración otorgado por la Resolución N° 196/19 de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA del ex-MINISTERIO DE HACIENDA, en los términos del artículo 30 de la Ley N° 27.007.
ARTÍCULO 2°.- La extensión del plazo del primer período exploratorio de los permisos de exploración mencionados en el artículo 1° del presente podrá ser dispuesta por hasta el plazo de DOS (2) años a partir de su correspondiente otorgamiento; a cuyos efectos se deberá tomar en consideración:
- i) El plan de trabajo y las diligencias que haya tomado cada permisionaria de exploración a los efectos de cumplir con los compromisos de inversión asumidos;
- ii) El plan de trabajo y/o las actividades a realizar durante el plazo de extensión a los efectos de dar cumplimiento con las inversiones comprometidas en el marco de sus respectivos permisos de exploración.
ARTÍCULO 3°.- Establécese que durante el plazo de extensión referido las empresas permisionarias deberán abonar en concepto de canon la suma establecida por el artículo 57 de la Ley N° 17.319 y sus modificatorias y por el Decreto N° 771/20 para el primer período exploratorio del plazo básico.
ARTÍCULO 4°.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
FERNÁNDEZ – Juan Luis Manzur – Martín Guzmán
Fecha de publicación 24/12/2021
TEXTO COMPLETO
Fuentes:
Agenda Malvinas
OETEC