Anularon la sentencia que dejaba sin efecto la condena por abuso sexual infantil contra un ex funcionario
La Corte Suprema de la Nación anuló la sentencia dictada en Tucumán contra al ex director de obras públicas de Tafí del Valle, Guillermo Ernesto Gray
La Corte Suprema de Justicia de la Nación anuló esta semana un fallo de la justicia de Tucumán que dejó sin efecto la condena de 10 años de prisión para el ex director de obras públicas de Tafí del Valle, Guillermo Ernesto Gray, por abuso sexual.
Como última instancia provincial, la Corte de Tucumán había anulado la condena de la Sala I de la Cámara Penal de San Miguel de Tucumán contra Gray por el abuso sexual de su nieto.
Pero el padre del menor, que actuó como querellante, apeló la decisión y la causa llegó al máximo tribunal del país.
Por eso el martes de esta semana la Corte Suprema de la Nación anuló la sentencia de Tucumán y mandó a dictar un nuevo fallo.
En coincidencia con la Procuración General de la Nación, el máximo tribunal sostuvo que la Corte de Tucumán realizó una evaluación alejada de las directrices constitucionales y legales según las cuales en todos los casos que involucran a menores debe atenderse el “superior interés del niño”.
Los Ministros de la Corte señalaron que la presunta inobservancia de la norma local que se le adjudicó a la sentencia que condenó a Gray no acarrea necesariamente la nulidad, sino que, como indica la ley procesal provincial, la sentencia será nula si falta o es contradictoria la fundamentación de la mayoría, supuestos que no se verificaron en la causa.
El dictamen de la Procuración recordó que los jueces que conforman tribunales colegiados deben asegurar que su deliberación culmine en un acuerdo mayoritario sobre un mínimo de razones comunes que constituyan el fundamento lógico y jurídico del fallo, lo que había ocurrido en el fallo dejado sin efecto por la Corte de Tucumán.
“En el caso se alcanzó la mayoría sustancial de fundamentos en la decisión que exige la adecuada prestación del servicio de justicia y el imputado pudo conocer de manera acabada, explícita y sencilla las razones de su condena, preservándose -así- las garantías del debido proceso y defensa en juicio”, consignó.
La resolución tomada el martes de esta semana por la Corte Suprema de la Nación fue firmada por su presidente, Horacio Rosatti, y los ministros Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti.
En mayo de 2021 la Cámara Conclusional Penal Sala I de la Cámara Penal de San Miguel de Tucumán condenó a Guillermo Ernesto Gray a la pena de 10 años de prisión por resultar autor penalmente responsable del delito de abuso sexual agravado por el vínculo y por la relación de convivencia preexistente, cometido en perjuicio de su nieto menor de edad.
Luego de cuatro jornadas de debate, el tribunal hizo lugar a lo solicitado por la fiscalía y -en esa oportunidad- condenó a Gray por el abuso sexual de su nieto ocurrido en 2014, cuando la víctima tenía 4 años y convivía con el acusado.
El Tribunal estuvo integrado por las doctoras Wendy Adela Kassar (presidenta), María Fernanda Bahler y Emilio Páez de la Torre; la secretaría estuvo a cargo de las prosecretarias Solana Alfaro y Verónica Perondi.
La Fiscalía interviniente fue la Cámara Conclusional 1, representada por Marta Ignacia Jerez.