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Autoridades de mesa: esta semana se comunicará a quienes fueron seleccionados

La designación es aleatoria y puede ser convocado cualquier elector hábil. Aún no se definió de cuanto será el viático para aquellos que se desempeñen el día de los comicios.

Según manda el cronograma electoral, este martes se realizó el proceso de ubicación de las mesas en los distintos centros de votación de toda la provincia y la selección de las autoridades que las custodiarán (presidente y vocal de mesa).

En cuanto al primer punto, el vocero de la Junta Electoral Provincial (JEP), Carlos Amaya, aseguró que la ubicación de las mesas se incluirá en los próximos días en el padrón difinitivo para consulta de todos los electores. Si bien está disponible para consultar en la página de la Junta, el padrón electoral no describía el lugar de votación ni la mesa correspondiente para cada uno. Esos datos se deberían agregar hasta el fin de semana.

Por otro lado, este martes también se resolvió la designación de las autoridades de mesa y en los próximos días se comenzarán a mandar por correo las citaciones para la capacitación y la convotaria a participar del proceso electoral del 14 de mayo. Según explicó Amaya, cómo no se abrió ninguna convocatoria de voluntarios, el proceso de selección se realizó de manera aleatoria entre todos los electores registrados que cumplan con la característica de saber leer y escribir. Es decir, cualquier ciudadano que figure en el padrón y que tenga cierto grado de instrucción puede ser convocado, aunque tienen mayores probabilidades de ser seleccionados aquellos con mayor nivel instrucción o que ya fueron autoridades en elecciones pasadas.

Cabe mencionar que la designación de autoridades de comicios es un deber público irrenunciable, con la salvedad de que se cumplan los siguientes supuestos de excusación:

  • Por enfermedad o razones de fuerza mayor debidamente justificadas. En estos casos la excusación debe formularse dentro de los tres días de notificados.
  • Por desempeñar funciones de organización y/o dirección de un partido político y/o ser candidato. Se acreditará mediante certificación de las autoridades del respectivo partido.
  • Si se trata de una excusación por enfermedad sobreviniente y que le impida concurrir al acto electoral, solamente tendrán validez los certificados extendidos por médicos de la sanidad nacional, provincial o municipal, en ese orden. En ausencia de los profesionales indicados, la certificación podrá ser extendida por un medico particular, pudiendo la junta hacer verificar la exactitud de la misma por facultativos especiales.
  • Los votantes mayores de setenta (70) años que hayan sido designados como autoridades de mesa podrán excusarse de dicha carga publica, justificando únicamente su edad. La excusación se formulará dentro de los tres (3) días de notificado.

En cuanto al pago de los viáticos por los servicios prestados, Amaya aclaró que aún no está definido el monto ni la posterior fecha de cobro. «En los próximos días se comunicará, junto con la citación, de cuanto será el monto», sentenció.

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