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Confirmaron el fallo que le negó la libertad condicional al cura Julio César Grassi

La Cámara de Apelaciones de Morón rechazó el planteo del religioso, que deberá cumplir la pena impuesta a 15 años de prisión por el abuso sexual de menores en la fundación Felices los Niños de Hurlingham, que tuvo a su cargo. El cómputo del fallo concluye el 30 de mayo de 2028, hasta cuando deberá estar tras las rejas.

La Sala 1 de la Cámara de Apelaciones en lo Penal de Morón ratificó el fallo emitido por el Tribunal Oral Criminal Nº 1 el pasado 22 de agosto que denegó el beneficio de la libertad condicional al cura Julio César Grassi, condenado a 15 años de prisión por el abuso sexual de menores ocurrido en la fundación Felices los Niños de Hurlingham, que tuvo a su cargo.

Los camaristas Diego Matías Grau, Fabián Cardoso y Elisabet Miriam Fernández decidieron rechazar el recurso de apelación planteado por el religioso, quien solicitó acceder al beneficio por haber cumplido ya gran parte de la condena y cuestionó el informe del Servicio Penitenciario que no recomendó sus salidas transitorias del Penal 41 de Campana, donde se encuentra alojado.

Según planteó el sacerdote, que ejerce su propia defensa en el expediente, “no se respetaron ciertas pautas para la confección” del informe carcelario. “La conclusión fue basada en fundamentos aparentes”, esgrimió Grassi, quien también criticó que “el departamento técnico no lo interrogó, violentando su derecho a ser oído”. En eso se basó el fallo de los jueces Mariana Maldonado, Claudio Chaminade y Juan Carlos Uboldi para rechazar el pedido.

Grassi también hizo hincapié en que “no se le puede exigir a un sacerdote que aporte un proyecto de trabajo típico del mundo laico, porque la religión y el sacerdocio tienen otra esencia”, y que “restringir la libertad en base a ese argumento es ilegítimo”. Además, enfatizó que el informe penitenciario que no recomendó sus salidas anticipadas “está colmado de prejuicios” y “por ello es nulo”.

“Llevo más de once años en prisión, no tuve sanciones, cumplí con lo exigido, trabajé, estudié e hice un nuevo proyecto de vida independientemente de la conclusión del informe criminológico”, fundamentó el religioso en su presentación ante el tribunal de alzada.

Por qué la justicia rechazó el planteo del cura Grassi

El fundamento principal utilizado por la Cámara de Apelaciones de Morón es que la cuestión por la que Grassi pretende invalidar un documento público, en este caso el informe de la dependencia carcelaria que lo aloja, es por “no compartir interpretaciones producto de valoraciones subjetivas” realizadas por la información recabada por los Grupos de Admisión y Seguimiento (GAyS).

Eso, para la justicia, “no constituye una base suficiente para plantear su nulidad”. Para que eso ocurra, coincidieron los camaristas, “se debe demostrar al menos un vicio objetivo o un error en el procedimiento o en el contenido que afecte su validez de manera directa, y no meras divergencias subjetivas”. Y remataron que “las evaluaciones se basaron en la conducta intramuros de Julio Cesar Grassi”, al tiempo que descartaron que se hayan violado sus garantías constitucionales.

El cura fue condenado el 10 de junio de 2009 a la pena de 15 años de prisión por resultar autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual agravado por resultar sacerdote, encargado de la educación y de la guarda del menor víctima, reiterado en dos hechos en concurso real entre sí, y corrupción de menores agravada por su condición de encargado de la educación y de la guarda.

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