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La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional rechazó el pedido para que el ex gobernador José Alperovich sea juzgado por un jurado popular.

Alperovich sufrió un nuevo revés judicial en su insistente reclamo para que un jurado de ciudadanos intervenga en el caso. La Sala de Turno de la CNCCC ratificó este martes lo decidido meses atrás por el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional 29, y declaró inadmisible la pretensión de la defensa del ex mandatario provincial tendiente a que se aplique el procedimiento de juicio por jurados previsto en la ley 6451 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Al argumentar la decisión se consideró que esa ley local establece la obligatoriedad de ese tipo de juicios “para delitos cometidos en esa jurisdicción”, y “cuya pena máxima sea igual o superior a 20 años de prisión”.

Los camaristas Pablo Jantus y Eugenio Sarrabayrouse plantearon que la norma no solo no resulta aplicable para los tribunales nacionales con asiento en la Capital Federal, “sino que tampoco comprendía supuestos como el presente, en razón de la pena prevista para los delitos que se le atribuyen a Alperovich”.

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