Economia

La Justicia suspendió los artículos que desregulan los aumentos de las prepagas

El fallo del Juzgado Federal Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N°2 de San Martín limita a las prepagas a realizar los aumentos hasta que se dicte una sentencia definitiva.

El Juzgado Federal Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N° 2 de San Martín suspendió los artículos del mega decreto de necesidad y urgencia que firmó el presidente Javier Milei referidos a una desregulación en los incrementos de las prepagas.

De esta manera, el DNU rubricado por el líder de La Libertad Avanza sumó un nuevo revés judicial.

En tanto, luego del pedido de Rodolfo Francisco Vidal Quera Amengual, también se dispuso que el Consejo Profesional de Ciencias Económicas (Simeco) a «readecuar las cuotas correspondientes a su plan asistencial, dejando sin efecto los aumentos realizados en aplicación del DNU 70/23″. Con esta decisión, se suspendió los artículos 267 y 269 del DNU.

En tal sentido, el juez federal restringió a «efectuar los aumentos autorizados por la autoridad de aplicación en términos del artículo 17 de la ley 26.682 hasta tanto se dicte sentencia definitiva, debiéndose acreditar su cumplimiento en el plazo de 48 horas bajo apercibimiento de ley».

La cancelación de la desregulación en los aumentos de las cuotas de las prepagas se dio a conocer después de que en el marco de varios aumentos que habrá en distintos servicios de febrero, las empresas de medicina habían advertido una suba de entre el 27% y el 29% en ese mes, luego de que anunciaran un alza del 40% para enero.
Cómo había sido el anuncio de Javier Milei sobre la liberación a los precios de la medicina prepaga

En el DNU de desregulación económica que anunció el presidente Javier Milei en cadena nacional, se incluyeron una serie de medidas ligadas a medicina que incluye la desregulación del sector y la liberación de precios a las prepagas.

Del total de 30 puntos, cinco estuvieron ligados a la salud. El primer anuncio que realizó el primer mandatario fue la modificación al marco regulatorio de la medicina prepaga y las obras sociales. Luego comunicó la eliminación de las restricciones de precios a la industria prepaga.

También informó la incorporación de las empresas de medicina prepaga al régimen de obras sociales y estableció la utilización de la receta electrónica para agilizar el servicio y minimizar costos. Por último anunció modificaciones al régimen de empresas farmacéuticas para fomentar la competencia y reducir costos.
El Gobierno apelará el fallo que declaró inconstitucional el capítulo de reforma laboral del DNU

El vocero presidencial Manuel Adorni confirmó que el Gobierno apelará el fallo de la Justicia que declaró inconstitucional el capítulo de reforma laboral del DNU. Aseguró que de ser necesario llegará hasta la Corte Suprema de Justicia.

El martes la Cámara de Apelaciones resolvió el planteo de la Confederación General del Trabajo (CGT) y dispuso la invalidez de todo el capítulo laboral del DNU del presidente Javier Milei.

El fallo, firmado por los jueces Manuel Diez Selva, Héctor Guisado y Mario Fera, sostiene que «el texto del art. 99, inc. 3°, segundo párrafo, de la Constitución Nacional es elocuente, y las palabras escogidas en su redacción no dejan lugar a dudas de que la admisión del ejercicio de facultades legislativas por parte del Poder Ejecutivo se hace en condiciones de rigurosa excepcionalidad, y con sujeción a exigencias materiales y formales que constituyen una limitación y no una ampliación de la práctica seguida en el país».

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo decidió hacer lugar a la acción de amparo iniciada por la CGT contra el Estado Nacional y «declarar la invalidez constitucional del Título IV (artículos 53 a 97) del DNU 70/2024, por ser contrario al art. 99, inc. 3º, de la Constitución Nacional».

“Se va a apelar cada una de las instancias” afirmó Adorni, quien agregó: “Estamos convencidos que son fundamentales para crear empleo, que las empresas contraten y que las personas consigan trabajo más rápido”.

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