La ley de violencia de género en entornos digitales obtuvo media sanción
El proyecto se trató durante la última sesión especial. Hubo 191 votos a favor, dos en contra y una abstención. Se opusieron los libertarios Javier Milei y Victoria Villarroel.

La Cámara de Diputados dio media sanción por amplia mayoría a la llamada Ley Olimpia, que incorpora la violencia contra mujeres en entornos digitales a la Ley 26.485 como otra forma de violencia machista. Y prevé una serie de medidas cautelares de protección que puede dictar la justicia, entre ellas, ordenar a las plataformas digitales el quite de los contenidos que generan la violencia.
Se trata de un proyecto impulsado por organizaciones que acompañan a mujeres que han sufrido hostigamientos, extorsiones y la difusión de imágenes íntimas sin consentimiento a través de páginas webs y redes sociales. Además de esas expresiones, la norma contempla también como violencia telemática la “reproducción en el ámbito digital de discursos de odio misóginos”.
Un aspecto muy importante es que establece que para la notificación de la medida de remoción de contenidos que puedan ordenar jueces o juezas se permite emplazar a las empresas de plataformas digitales mediante vía escrita o electrónica, teniendo en consideración que muchas compañías proveedoras de servicios de internet se encuentran radicadas en el extranjero y aceptan canales de comunicación electrónicos para solicitudes judiciales que les llegan en procesos penales. Pero suelen desconocer este tipo de pedidos por entender que son meros intermediarios y por ende no se responsabilizan por el contenido publicado por terceros. Muchas veces desconocen las notificaciones porque no tienen sus oficinas centrales radicadas en el país.