Los libertarios quieren criminalizar la interrupción del embarazo
La Libertad Avanza presentó un proyecto para derogar la ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo. No solamente propone derogar la ley sino que también se propone modificar el Código Penal para criminalizar aún más a los efectores de salud.
No solamente propone derogar la ley que garantizó el derecho a decidir a las mujeres sino que también se propone modificar el Código Penal para criminalizar aún más a los efectores de salud, aumentando las penas para quienes practiquen interrupciones de embarazos. Según, el proyecto ya está girado a las comisiones de Legislación General, Legislación Penal, Mujeres y Diversidad y Acción Social y Salud Pública.
La presentación se hizo a poco más de un mes del Día de la Mujer. La noticia se difundió cuando la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito estaba por lanzar la convocatoria para la movilización del 8 de marzo. La redacción nueva propone penas para médicos “reclusión o prisión de uno a cuatro años si obraren con consentimiento de la mujer», mientras que el Código Penal actual propone penas de prisión de tres meses a un año para esos efectores de salud.
Si el hecho «fuere seguido de la muerte de la mujer», la pena podría llegar a los seis años. El proyecto también elimina el artículo 85 bis, que preveía una pena de prisión de tres meses a un año e inhabilitación por el doble del tiempo de la condena para aquel efector o personal de salud que se negara a practicar un aborto en los casos legalmente autorizados.
El aspecto medular de este proyecto es que modifica el artículo 86 del Código Penal, que establece que no es delito el aborto realizado con consentimiento de la persona gestante hasta la semana 14. Ese artículo también establece que no será punible el aborto practicado con el consentimiento de la persona gestante en caso de que fuera producto de una violación y en caso de que estuviera en riesgo la vida o la salud integral de la persona gestante.
Por último, el proyecto modifica el artículo 88 del Código Penal, que establecía una pena de prisión de tres meses a un año para aquella persona que practicase un aborto después de la semana 14 y en el que no estuviese puesta en riesgo la vida de la persona gestante y que ese embarazo no fuese producto de una violación.
En la redacción del proyecto, aumenta la pena de prisión de un año a tres para aquella «mujer que causare su propio aborto o que consintiera que otro lo causare». Los diputados firmantes establecen en los fundamentos que la ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo «no es constitucional» y que «contraría el sentir general del pueblo argentino y que no contempla la dignidad de la persona humana». Los legisladores libertarios afirmaron en el proyecto que «la vida humana» comienza «en el instante de la fecundación».