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Presentaron un proyecto de ley para regular la eutanasia en la Argentina

Se trata de la iniciativa «Buena Muerte y regulación de la eutanasia», elaborado por los diputados nacionales Alfredo Cornejo y Jimena Latorre, que será llevado al Congreso.

Los diputados nacionales Alfredo Cornejo y Jimena Latorre (UCR) presentaron en Mendoza un proyecto de ley que llevarán al Congreso para regular la eutanasia ante la necesidad «respetar el derecho de todas las personas a solicitar la asistencia y recibir la ayuda necesaria para morir cuando se encuentre sufriendo enfermedades graves e incurables o un padecimiento grave crónico e imposibilitante».

«Este proyecto consiste básicamente en respetar el derecho de todas las personas a solicitar la asistencia y recibir la ayuda necesaria para morir cuando se encuentre sufriendo enfermedades graves e incurables o un padecimiento grave crónico e imposibilitante», explicó el exgobernador Cornejo en la presentación del proyecto «Buena Muerte y regulación de la eutanasia», anunciado en el Comité provincial de la UCR, ubicado en el centro mendocino.

Cornejo señaló que los requisitos para poder acceder a esta asistencia son «muy específicos y estrictos» y advirtió que «no cualquiera lo puede solicitar», al tiempo que recordó que esta legislación «está vigente en varios países desarrollados y en vía de desarrollo, como Bélgica, España y estados de Estados Unidos».

Asimismo, apuntó que este tipo de norma «se ha aplicado con estricto profesionalismo».

Durante la conferencia de prensa estuvo presente también el abogado Daniel Ostropolsky, a quien se le diagnosticó hace cuatro años esclerosis lateral amiotrofia o ELA, una enfermedad neurodegenerativa terminal progresiva que afecta las células nerviosas del cerebro y la médula espinal.

Ostropolsky además fue integrante en el periodo 2010/2014 del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación y único representante de los abogados del interior del país. «Este proyecto de Ley es la primera vez que llega como tal a la Cámara Baja», resaltó Cornejo y adelantó que lo presentará junto a Latorre y el diputado nacional por San Luis, Alejandro Cacace. Y, comentó que según la iniciativa se «crea una Comisión en cada una de las 24 provincias que permite y exige la aprobación en cada caso» que sea requerida.

El abogado Ostropolsky, señalado como autor de esta iniciativa jurídica y política, indicó a modo de vocero del proyecto: «Yo amo la vida y, como tal, me siento muy conmovido de que sea en este lugar en el cual surja un proyecto para que amar a la vida sea consagrada en profundidad».

Ostropolsky felicitó a los diputados por instalar el debate que encuentra dificultades para ser admitido en muchos países y celebró que, por ejemplo, «en Colombia ya se ha sancionado esta Ley». Consultado por la prensa sobre la aplicación de esta ley para menores de edad, el diputado Cornejo señaló «están contemplados hasta los 16 años con su consentimiento y los menores de esa edad con el consentimiento de sus tutores o padres».

En cuanto a los requisitos establecidos para aplicar la eutanasia, Latorre señaló que «la ley establece una reglamentación y una comisión de asistencia y análisis médico que será la que reciba el planteo del paciente».

Esta ley «está vigente en varios países desarrollados y en vía de desarrollo, como Bélgica, España y estados de Estados Unidos» Alfredo Cornejo

Latorre acotó que esa comisión sería un equipo «interdisciplinario -médico, psicólogo y jurista- que tomará conocimiento de la decisión del paciente y la voluntad de recurrir a esta asistencia para una buena muerte y revisará la procedencia y cumplimiento de los requisitos».

La legisladora por Mendoza detalló que «no hay un listado de cuáles son las enfermedades, el requisito es que sea un padecimiento grave irreversible y que implique un sufrimiento de tal magnitud que sea incompatible con la dignidad humana».

En Argentina, la «muerte digna» o eutanasia pasiva es permitida en ciertos casos y está regulada por la Ley 26.529. Según la norma, el paciente puede tomar decisiones anticipadas y disponer directivas por escrito sobre su salud, pudiendo consentir o rechazar determinados tratamientos médicos y decisiones relativas a su salud.

Fuente:/telam.com.ar

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