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Tarjeta de débito: duplican reintegros a sectores vulnerables y se extiende hasta fin de año

Será de un 15% para las compras en farmacias, comercios que incluyen supermercados, minimercados, hipermercados almacenes y kioscos, y mayoristas.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) duplicó los montos máximos de los reintegros del 15% a sectores vulnerables para las compras con tarjeta de débito y lo extendió hasta fin de año, a partir del vencimiento de la actual etapa en junio próximo.


El reintegro es válido para los consumos en farmacias, comercios (incluyendo supermercados, minimercados, hipermercados (almacenes y kioscos) y mayoristas. Para acceder al mismo, los consumos deben ser realizados con la tarjeta de débito asociada donde se cobra la prestación.


Así se definió a través de la Resolución General 5360/2023 publicada hoy en el Boletín Oficial, que duplicó los montos máximos de los reintegros de $2.028 a $4.056 por mes por titular, y de $4.057 a $8.114 en el caso de percibir dos o más asignaciones, como es el caso, por ejemplo, de los beneficiarios de AUH de más de un hijo.

La medida, implementada a través de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en diciembre de 2019 como una herramienta para apuntalar la demanda, beneficia a los jubilados que cobran el haber mínimo, quiénes cobran el mínimo de pensión por fallecimiento o pensión no contributiva nacional (invalidez, vejez, madre de siete o más hijos, entre otras); como también a los titulares de asignaciones universales por hijo (AUH), por hijo con discapacidad o embarazo (AUE).

Compras con tarjeta de débito: cómo serán los reintegros

Los productos alcanzados son los alimenticios, en el caso de los supermercados y kioscos; y en farmacias, productos farmacéuticos y de herboristería, cosméticos, de tocador y perfumería.

Los fondos reintegrados se acreditan en forma automática dentro de las 24 a 48 horas de realizada la compra, dependiendo si se realiza antes o después de las 17 de cada jornada en la cuenta bancaria de donde se cobra la prestación o asignación.

También están alcanzadas las operaciones abonadas con esas tarjetas bajo la modalidad de Pago Electrónico Inmediato (PEI) o códigos de respuesta rápida (QR).

La AFIP fundamentó la extensión del beneficio en los considerandos de la resolución en que el régimen “ha demostrado ser una herramienta eficaz para brindar ayuda a los sectores aludidos y fomentar el uso de medios electrónicos de pago”. Además, destacó que, “en el actual contexto, se considera necesario aumentar los topes de reintegros”.
Compras con tarjeta de débito: quiénes podrán acceder al beneficio

    Cobren la jubilación mínima.
    Perciban una pensión mínima por fallecimiento.
    Sean beneficiarios de una pensión no contributiva nacional mínima (invalidez, vejez, madre de 7 o más hijos, etc.).
    Sean titulares de la asignación universal por hijo (AUH).
    Sean titulares de la asignación universal por embarazo (AUE).


El beneficio no es válido para los jubilados que cobran por encima del haber mínimo, así como a los trabajadores autónomos o en relación de dependencia, monotributistas (excepto adheridos a Régimen de Trabajador Promovido, monotributo social o especial para pequeños productores agrarios) y para quienes tributen Ganancias o Bienes Personales.

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