Absolvieron a Trápani y Rodríguez en la causa por abuso sexual: fuerte rechazo del abogado de la víctima
La Corte Suprema de Justicia de Tucumán dejó sin efecto la condena contra Franco Trápani y Álvaro Rodríguez, quienes habían sido sentenciados en 2025 a 10 y ocho años de prisión por abuso sexual. El máximo tribunal consideró que las pruebas reunidas no eran suficientes para sostener la condena y resolvió absolverlos por el beneficio de la duda.
Tras el fallo, el abogado querellante Carlos Garmendia, representante de Carolina Monteros, cuestionó duramente la decisión y sostuvo que la sentencia «destruye la perspectiva de género».
La Corte señaló, entre otros puntos, la pérdida de evidencia digital durante la investigación, la falta de informes médicos y forenses concluyentes y contradicciones en las declaraciones de la denunciante.
Garmendia rechazó esa interpretación y defendió la sentencia de primera instancia dictada por el juez Antonio Nicolás Gutiérrez. Según afirmó, ese fallo era «muy sólido desde lo técnico» y aplicaba correctamente la perspectiva de género, una herramienta legal obligatoria para los jueces.
«La Corte da a entender que la única razón por la cual el juez condenó fue porque le creyó a la víctima, cuando eso no es así. La sentencia analiza con mucho detalle toda la prueba que acredita el relato de la víctima», sostuvo en diálogo con Tendencia de Noticias.
Trápani y Rodríguez habían sido condenados por un hecho denunciado en 2016. Según la primera sentencia, Trápani conoció a Monteros en el boliche Lancaster el 3 de julio de ese año y luego ambos salieron en un vehículo rumbo a un bar. En el camino subió Rodríguez, amigo de Trápani, y los tres se dirigieron a una vivienda donde, de acuerdo con aquel fallo, se produjo el abuso sexual.


