Responsabilidad penal juvenil: «El régimen marca una respuesta jurídica concreta»
Federico Moeykens, juez penal de Niños, Niñas y Adolescentes del Colegio de Jueces del CJC, explicó los detalles de la baja de imputabilidad.
l 5 de septiembre próximo entra en vigencia la Ley 27.801, que deja atrás el viejo régimen de menores de 1980 y baja la edad de imputabilidad a los 14 años. Desde esa fecha, muchas conductas que hoy se resuelven en casa o en el colegio pasan a tener consecuencias penales reales.
Durante más de cuarenta años, lo que le pasaba a un adolescente que cometía un delito estuvo escrito en una norma vieja: el decreto Ley 22.278 (25/8/1980), el “Régimen Penal de la Minoridad”, del año 1980.
Federico Moeykens, juez penal de Niños, Niñas y Adolescentes del Colegio de Jueces del Centro Judicial Capital, explicó que «este nuevo régimen establece una franja de responsabilidad penal juvenil entre los 14 y 17 años (actualmente la tenemos a partir de 16) con la particularidad de que se abre todo el código penal a los adolescentes y no algunos delitos como pasa ahora».


